El Gobierno baja al 10% la compra nacional obligatoria y habilita la liberación automática de garantías en el régimen de líneas usadas – Trade News | 27/06/26
- ott597
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El Gobierno argentino reformó el Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas mediante el Decreto 483/2026, introduciendo modificaciones destinadas a agilizar los procedimientos, reducir demoras y actualizar el régimen conforme a la política comercial e industrial vigente. Entre los principales cambios, la norma reduce al 10% del valor FOB de los bienes usados importados la obligación de adquirir bienes nuevos de origen nacional, permitiendo además que esas compras se destinen no solo a la línea de producción beneficiada, sino también a otras actividades de la empresa o de sus proveedores directos. Asimismo, amplía el alcance del régimen al habilitar líneas destinadas a la generación de energía eléctrica, incorpora bienes usados para el tratamiento de sustancias contaminantes y mantiene la figura de los almacenes inteligentes. El decreto también establece un límite de antigüedad de 20 años para los bienes importados, ampliable a 30 años cuando hayan sido reconstruidos o modernizados. En materia administrativa, redefine la Constancia de Expediente en Trámite (CET), fija plazos específicos para la ejecución y rendición de los proyectos e introduce un mecanismo de liberación automática de garantías cuando la autoridad competente no emita observaciones dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del plazo de rendición. Paralelamente, endurece el régimen sancionatorio para los incumplimientos, incluyendo la ejecución total de las garantías, sanciones económicas adicionales y, en casos de documentación fraudulenta, inhabilitaciones por tres años. Finalmente, la norma dispone la digitalización del régimen mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y el Sistema Informático Malvina, aunque su implementación efectiva dependerá de la reglamentación complementaria que deberán emitir la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa y Agencia de Recaudación y Control Aduanero dentro de un plazo de 30 días. Link a Artículo





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